LUNES 30 DE JUNIO, 2025

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La Federación de Inquilinos Nacional presentó una nota a todos los senadores y diputados nacionales para que “de manera urgente” traten el DNU 70/2023 y lo rechacen por inconstitucional.

La nota se dirige a diputados y senadores para expresar “preocupación acerca de la vigencia del DNU 70/2023 y la falta de tratamiento en el Congreso Nacional como obliga la Constitución Argentina”.

“Las organizaciones inquilinas que conformamos la Federación de Inquilinos Nacional pedimos que ustedes, diputados y diputadas, cumplan con el mandato constitucional, conformen la comisión bicameral, pongan en tratamiento el decreto y lo rechacen por inconstitucional”, señaló.

Recordó que “el Decreto – entre otras cosas- derogó la Ley de Alquileres. Ley que tuvo un tratamiento profundamente democrático durante los últimos ocho años. La Ley de Alquileres fue discutida en ambas Cámaras en muchísimas oportunidades”.

Agregó que “en esos debates participaron todas las organizaciones inquilinas, los comisionistas del mercado inmobiliario y todos los bloques políticos en representación del voto popular. Fruto de este debate, hace apenas más de 100 días se votó la última modificación a la Ley de Alquileres, pero de un plumazo -de manera inconsulta, inconstitucional y autoritaria- se borró todo”.

“Esta práctica pone en jaque el sistema republicano y, por supuesto, la representación parlamentaria a través del voto”, resaltó el documento firmado por las organizaciones inquilinas de todo el país.

Detalló además que “las consecuencias de la derogación del decreto son dramáticas” dado que “los contratos de alquiler se firman por un plazo de seis meses o un año” y “las actualizaciones de los precios están atadas de forma bimestral o trimestral a la inflación, a la variación de precio de la nafta, la carne, etc.”.

De este modo, “transcurridos sólo tres meses de alquiler el precio aumentará alrededor de un 60%. Quien hoy paga $ 300.000, a los noventa días tendrá que pagar -si puede – $ 480.000”.

“No hay posibilidad de que esto no desemboque en una tragedia habitacional y social”, concluyó la Federación.

El Sindicato de Inquilinos Trabajadores de Chubut (SIT-Chubut) hizo conocer la preocupación existente por la desregulación de la actividad planteada en el DNU del Gobierno Nacional a través de la derogación de la Ley de Alquileres, destacando que se causa creciente perjuicio económico a las familias que alquilan viviendas. En ese marco expusieron cuadros comparativos que evidencian la problemática del sector, en relación a distintos factores, como la falta de capacidad de ahorro, entre otros.

Desde que se firmó el DNU que deroga la Ley de Alquileres los inquilinos se han movilizado y realizado reuniones para reclamar por la problemática, asociada a la inflación y escalada de los precios en general. Asimismo, se ha presentado un amparo para lo relacionado específicamente a la actividad.

El SIT-Chubut, integra la multisectorial de organizaciones y sindicatos que irán al paro convocado para el 24. En el caso de Puerto Madryn, presentaron nota en el Municipio y concejales para tomar medidas para la situación de viviendas en esa ciudad, donde la oficina de Defensa del Consumidor dejó de tomar casos de familias que alquilan y se encuentran en situación de vulnerabilidad.

En ese marco destacan la falta de espacios y medidas de contención de la problemática de las familias inquilinas. Por el momento solo la Defensoría Pública aborda la situación, pero solo en casos de desalojos -según publica El Chubut-.

En dos cuadros comparativos que este sindicato compartió públicamente, con datos del Indec para el mes en curso, se destaca el impacto en el salario una vez afrontado el costo del alquiler y la Canasta Básica Total (CBT), lo que implica una falta de capacidad de ahorro una vez deducidos de los sueldos los dos ítems mencionados. En varios casos, el saldo final es negativo.

Uno de los cuadros comparativos, toma como referencia el salario de un empleado de comercio, en el rubro vendedor (el más alto del sector), el valor promedio de alquiler que debe afrontar, así como el CBT, y el saldo. En este sentido, para una persona con sueldo de $397.400, alquiler de $150.000, CBT de $160.453, el saldo es de $86.947.

Si se toma un hogar de dos adultos, incluyendo una jubilación mínima de $105.712, y un hijo, con salario de $503.112, alquiler de $250.000 y CBT de $394.713, implica un saldo negativo de -$141.601. El mismo cuadro, para un hogar de dos adultos, correspondiente a la suma de un sueldo docente y uno de empleado de comercio, y dos hijos, muestra un ingreso salarial de $586.955, alquiler de $300.000, CBT de $495.798, con un saldo negativo de -$208.845.

El segundo cuadro aludido, muestra la comparativa: salario, alquiler y CBT Chubut enero 2024, para empleados docentes que inician o que se desempeñan en esa labor por 20 horas semanales. En un primer ejemplo, se muestra como tipo de hogar una sola persona, con salario (básico) de $189.55, alquiler $150.000, CBT de $160.453, con saldo negativo de -$120.898. En un segundo caso, el cuadro muestra para un hogar de dos adultos, incluyendo una jubilación mínima de $105.712, un ingreso salarial de $295.267, pago de alquiler de $250.000, CBT de $394.713, con saldo negativo de -349.446.

En un último caso, comprende un hogar con dos adultos, con la suma de un sueldo docente y otro de empleado de comercio, destacando salario de $586.955, alquiler de $300.00, y CBT de $495.798, y saldo negativo de -$208.843.

El vicepresidente del Colegio de Corredores Inmobiliarios del Chubut (COCICH), Luis Garzonio, confirmó que ya no se encuentra en vigencia la Ley de Alquileres, a partir de la promulgación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, impulsado por el Gobierno Nacional. El mismo establecía la derogación de la normativa, por lo que los contratos actualmente se encuentran regidos bajo el Código Civil y Comercial de la Nación.

En tal contexto, Garzonio sostuvo que “el DNU, a lo que dice el código, es agregarle algunas modificaciones, pero en esencia sigue diciendo lo que dice el Código Civil y Comercial”.

Asimismo, detalló -según publica El Chubut– que por el momento no ha habido cambios notables y que el sector espera una paulatina recuperación. En cuanto al tipo de moneda en la que ahora pueden celebrarse los contratos de alquiler, puntualizó que, en la zona, actualmente, se está cobrando en pesos, y que, en caso de ser consultados, desde el COCICh recomendarán hacerlo en la misma moneda.

Por otra parte, Garzonio aclaró que todos los contratos firmados bajo la Ley Alquileres continúan siendo válidos, hasta su fecha de vencimiento.

Derogación

El DNU dispone la derogación de la Ley de Alquileres, también denominada “Ley Lipotevzky” por el diputado Daniel Andrés Lipovetzky, promotor de la norma que fuera aprobada por el Congreso en 2020. Consecuentemente, se eliminan también las modificaciones de la normativa aprobadas este año y, en su lugar, se dispone una serie de modificaciones al Código Civil y Comercial de la Nación. A pesar de ello, los alquileres actuales regirán por la ley vigente al momento de la firma del contrato. Por ejemplo, quien haya pactado un alquiler en 2021 mantendrá todas las condiciones dispuestas por la Ley 27.551, de 2020, mientras que alguien que firmó el contrato en noviembre último se regirá por la Ley 27.737.

Duración

El DNU no dispone un plazo fijo para los contratos de alquiler, por lo cual, a partir de la aplicación de los cambios, el propietario y el inquilino acordarán entre ellos cuánto tiempo durará el alquiler. En caso de que no se haya acordado un plazo a la firma del contrato, el decreto dispone que la relación entre ambas partes será de 2 años.

Mudanza

La nueva normativa establece que, si un inquilino quiere rescindir el contrato antes de tiempo, deberá abonar al propietario como compensación el 10% de lo que resta del contrato, sin importar en qué momento del acuerdo decida abandonar la propiedad. Por ejemplo, si una persona paga un alquiler de $100 mil y decide dejar el inmueble seis meses antes, deberá abonar $60 mil, a razón de $10 mil por cada mes de alquiler restante.

Actualmente, si un inquilino quiere terminar el contrato previamente y ya cuenta con seis meses de antigüedad, no debe pagar ninguna penalización si avisa con tres meses de anticipación. En cambio, pagará entre un mes y un mes y medio de alquiler -dependiendo el tiempo de contrato que se haya cumplido- si el preaviso se hace sólo 1 mes antes de mudarse. A su vez, el DNU elimina el plazo de aviso para la renovación del contrato.

La vicepresidenta de la Cámara Inmobiliaria de Comodoro Rivadavia, Liliana Maimo, habló sobre la disconformidad con respecto a la nueva Ley de Alquileres. “No le hizo bien a nadie, se terminan pagando más gastos y no permite actualizar el valor del inmueble por un año, por lo que terminan aplicándose 2 índices: aumentos salariales e inflación”, resaltó.

En este sentido, señaló –en diálogo con Radio de Camioneros– que “el tema de la Ley de Alquileres está muy verde. Desde Noviembre se está debatiendo qué hacer”.

La nueva Ley no le hizo bien a nadie, se terminan pagando más gastos y no permite actualizar el valor del inmueble por un año, por lo que terminan aplicándose 2 índices: aumentos salariales e inflación”, dijo.

Asimismo, aclaró: “La actualización del valor en un 50% es demasiado para los inquilinos”.

“Desde la Cámara Inmobiliaria de Argentina, se hablan de cuestiones a futuro. No hay debates ni respuestas a corto plazo”, aseveró.

Finalmente, Maimo recordó: “De 10 solicitudes para alquilar, solo podemos satisfacer 1”.