El abogado Martín Galíndez, habló sobre el uso de las playas publicas y privadas en Comodoro Rivadavia. “Las playas son bienes de dominio público. La figura de la coexistencia entre lo público y privado también refleja una sociedad con comportamientos organizados y armónicos”, aseveró.
En este sentido, señaló -en diálogo con Radio de Camioneros- que “se podría interpretar como que hay un vacío legal en algunos aspectos, cuando cambia el Código Civil y Comercial de la Nación en el año 2015 se atiende y se describe lo que es una playa marítima”.
“¿Que es una playa marítima? Es aquel sector donde circula la marea cuando sube y baja pero también es playa la continuación hasta cierta distancia. Y esta distancia se puede establecer – dice el Código Civil ya sea por una legislación local o por una de orden nacional”, dijo.
Asimismo, aclaró que “esta distancia en Comodoro Rivadavia no está establecida por la regulación local. porque antes no se pensaba que se iban a ocupar estos sectores de las playas”.
“Las propiedades se adquirían sin esta limitación, el vacío legal podría estar dado en que por un lado los títulos de propiedad no dicen cuál es la distancia que integra la playa y la legislación local tampoco es clara”, indicó.
En este marco, destacó que “lo que no está precisado es cuánto es la distancia que existe de regulación en Comodoro Rivadavia. Sé que hay un proyecto para regular esta distancia de hasta 60 metros de la línea de la marea alta”.
“En síntesis las playas son bienes de dominio público. La figura de la coexistencia entre lo público y privado también refleja una sociedad con comportamientos organizados y armónicos”, expresó.
A su vez, aclaró que “si alguien tiene un título de propiedad sobre un sector lindante a una playa, ese título de propiedad se encuentra garantizado por la Constitución Nacional que dice que la propiedad es la propiedad y listo”.
“Pero también es cierto que este derecho del propietario debería coexistir con una definición concreta. Las playas marítimas deben tener una distancia donde se permita gozar de la misma. Es la autoridad local debería darle un orden a todo lo que implique esta coexistencia”, concluyó Galíndez.