Por Decreto, el Gobierno Nacional anunció que volverá a aplicar bandas tarifarias en los vuelos internos regulares de transporte aerocomercial. Una medida que se mantuvo vigente hasta 2016 pero que en ese año el macrismo decidió suprimir al eliminar las tarifas máximas. En 2018 el Gobierno de ese entonces también decidió quitar la banda inferior y con eso habilitó el ingreso de las low cost. El Poder Ejecutivo justificó la decisión ante el exceso de oferta en un mercado deprimido por la pandemia de coronavirus y la existencia de tarifas “predatorias de mercado”.
En el extenso Boletín Oficial publicado esta semana, el Gobierno incluyó el Decreto 879/2021 mediante el cual encomendó al Ministerio de Transporte “que para en un plazo no mayor a 180 días a partir de la publicación de la presente medida proceda a la determinación de tarifas máximas y la conformación de un sistema de bandas tarifarias para ser aplicada a los servicios internos regulares de transporte aerocomercial”.
Cabe recordar que las compañías aéreas a bajo costo comenzaron a operar en el mercado local a partir de la llegada de Cambiemos al poder, de hecho fue una de las banderas que se adjudicó el Gobierno de Mauricio Macri bajo el lema “la revolución de los aviones”. Durante aquella gestión se tomó la decisión de quitar la banda superior para la venta de pasajes locales que regía desde el kirchnerismo. Durante un tiempo siguió vigente el piso, hasta que a mediados de 2018 se quitó en respuesta a un pedido de las empresas low cost.
Ahora el Poder Ejecutivo a cargo de Alberto Fernández restablecerá el sistema de bandas tarifarias y se regularán las tarifas máximas. Se espera en las próximas horas la respuesta del sector.
“El Servicio Público de Transporte Aerocomercial constituye un servicio esencial para la comunidad, cuya prestación el Estado Nacional debe asegurar en forma general, continua, regular, obligatoria, uniforme y en igualdad de condiciones para todos los usuarios y todas las usuarias”, fue uno de los argumentos que utilizó el Gobierno agregando que también es deber del Estado “velar por la adecuada prestación de los servicios públicos, preservar la sostenibilidad no solo del transporte aéreo, sino también del sistema general de transporte y evitar prácticas ruinosas que tras una efímera ventaja económica para el consumidor o la consumidora se revelan, a la larga, contrarias al interés general”.
El Gobierno dijo haber analizado los balances presentados por las compañías del sector aerocomercial y concluyó que “el resultado económico de todas las empresas es negativo, lo que indica que los ingresos de la actividad aeronáutica no alcanzan a cubrir los costos directos e indirectos de la misma, desde hace varios años, como resultado de la fijación de tarifas predatorias, que llevaron al colapso del sistema”.
En el Decreto, firmado por el Presidente, el jefe de Gabinete Juan Manzur y el ministro de Transporte, Alexis Guerrera, también se mencionó el impacto de la pandemia de COVID-19 en el transporte aéreos “con efectos devastadores para el sector”.
“El exceso de oferta en un mercado deprimido por la pandemia y la existencia de tarifas que no se ajustan a los costos operativos de las empresas pueden provocar la existencia de tarifas predatorias de mercado, susceptibles de conllevar a una competencia absurda con valores no compensatorios, que a su vez pueden impedir llevar adelante la explotación comercial en condiciones de seguridad y rentabilidad, durante un período razonable”, se justificó.
De esta forma, el Gobierno consideró que “resulta conveniente regular respecto de tarifas de referencia y bandas tarifarias que sirven de marco para la determinación de los precios al público de los servicios que prestan los explotadores regulares de transporte aéreo interno de pasajeros, con el fin de su compatibilización con el actual nivel de los costos de la actividad”.
Desde la óptica de Casa Rosada, esta decisión evitará “situaciones de abusos tarifarios”, cualquier tipo de especulación económica “basada en la obtención de retornos excesivos luego de aplicar prácticas predatorias que deterioren la prestación de este servicio público” y favorecerá “la accesibilidad aerocomercial entre las distintas regiones”.
A través del mismo decreto, se aprobó el Régimen de Asignación de Capacidad y/o Frecuencias para los Servicios Aéreos Regulares Internacionales.
Entre sus puntos principales se destaca que operadores aéreos de bandera nacional podrán ofrecer sus servicios en las rutas correspondientes “cuando la capacidad operativa de Aerolíneas Argentinas le impida cubrir totalmente las rutas internacionales”.
En tanto, el Ministerio de Transporte tendrá a su cargo la organización y explotación de la prestación de servicios en tierra de las aeronaves en los aeropuertos y aeródromos del Estado o bajo la administración del mismo. Dicho servicio comprende la carga, descarga y desplazamiento de equipaje, colocación de conos de seguridad, suministrar energía, aire, agua y comunicaciones a las aeronaves y la limpieza de las mismas, entre otras prestaciones.