Durante la última sesión ordinaria de noviembre, los ediles aprobaron una ampliación del presupuesto 2024 por 2.784 millones de pesos, provenientes de un mayor nivel de ingresos sobre el proyectado para renta de títulos e intereses.
Además, se prorrogó el periodo ordinario de sesiones, que se extenderá hasta el 30 de diciembre para adaptar los plazos parlamentarios a la discusión del Presupuesto 2025 y la Ordenanza Tributaria Anual, que el próximo lunes comenzarán a ser analizados en plenario con todos los secretarios y titulares de entes de la ciudad.
Por otra parte, los concejales aprobaron de manera unánime la designación de Máximo Naumann como Asesor Letrado de la institución, cargo que había quedado vacante luego de que Axel Flagel asumiera la Secretaría Legislativa.
Día del payamédico
La sesión fue acompañada por la presencia de payamédicos, ya que a instancias de Gabriela Simunovic se aprobó la ordenanza que establece que la ciudad conmemore cada 5 de noviembre “El día del Payaso de Hospital”.
“Hay 4000 payamédicos en Argentina, 6 en Comodoro; y no solo desarrollan una gran actividad en los Hospitales Regional y Alvear, sino en todos los espacios de salud, como el CABIN, el hospital oncológico infantil y el oncológico de adultos, además de acompañar de forma permanente la carrera de la mujer. Hay que concientizar sobre su trabajo y el gran apoyo emocional que son en los momentos más dolorosos de nuestras vidas”, fundamentó la concejal.
Simunovic es autora además de otra ordenanza aprobada ayer, que tiene como objetivo regular la venta de carne picada en la ciudad, a efectos de prevenir el Síndrome Urémico Hemolítico. La nueva norma determina que supermercados y carnicerías de Comodoro no pueden comercializar ni exhibir en góndola carne previamente picada, debiendo procesarse en el acto y a vista del consumidor. Solo queda exenta de esta restricción la mercadería envasada al vacío proveniente de frigoríficos y/o autorizada por el SENASA.
Pirotecnia lumínica
Además y por mayoría, el Concejo resolvió modificar la ordenanza que prohíbe el uso de la pirotecnia en la ciudad para autorizar aquellos casos conocidos como “pirotecnia lumínica de baja intensidad sonora”. Cabe recordar que en etapa de análisis del proyecto promovido por Ariel Montenegro, se habían efectuado las pruebas de intensidad sonora sobre una gran diversidad de productos de artificio, para determinar cuáles son los que no superan los 87 decibeles medidos a 20 metros de distancia, límite sonoro impuesto para no afectar a quienes sufren hipersensibilidad auditiva y mascotas.
Así, los casos autorizados a partir de esta modificación, son productos de pirotecnia lumínica, definidos como “los diseñados para generar efectos visuales mediante el uso de luces, colores y destellos, sin producir explosiones ruidosas o estruendos significativos”.