Este miércoles por la mañana, luego de concluido el debate y agotado el proceso deliberativo el tribunal, por el pedido de las partes y considerando que C.A.S. fue declarado penalmente responsable del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante de un menor de 13 años, al menos dos hechos en concurso real”, entendieron que la escala penal aplicable parte de un mínimo de 4 años de prisión y tiene un máximo de 20 años de prisión.
Los jueces del tribunal consideraron como única atenuante la carencia de antecedentes penales del imputado. En cuanto a las agravantes el tribunal consideró la pluralidad de hechos, la gravead de los mismos en perjuicio de una misma víctima, la duración en el tiempo de las conductas enrostradas al imputado, el modo comisivo la manipulación del niño valiéndose de lo lúdico, otro el vínculo biológico familiar que une al imputado con la víctima, sobrino-tío.
La diferencia de edad también fue computada como agravante por el tribunal, como también la situación de vulnerabilidad de la víctima al momento de los hechos. Por unanimidad el tribunal entendió que corresponde aplicar al imputado la pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo, más la imposición de tratamiento psicológico según dictamen profesional.
Respecto de la prisión preventiva, en función del comportamiento del imputado, siempre a proceso, el tribunal por mayoría resolvió rechazar la medida de coerción requerida por el fiscal. Entendiendo por mayoría, que resulta proporcional y razonable, impusieron medidas sustitutivas de obligación de presentarse quincenalmente ante la Agencia de supervisión y la prohibición de salir de la ciudad sin autorización del tribunal. Por minoría la jueza Martini entendió que correspondía la prisión preventiva del imputado, como lo solicitara el fiscal.
Presidió el debate Daniela Arcuri, e integraron el tribunal Jorge Odorisio y María Laura Martini, jueces penales; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Martín Cárcamo, fiscal general; Claudia Torrecillas por la Asesoría de Menores; en tanto que la defensa de C.A.S. fue ejercida por Alicia Dramesino, abogada particular del mismo.